Política de Conozca a su Cliente (KYC)
Última actualización: 19/02/2025
La Compañía se adhiere y cumple con los principios de “Conozca a su Cliente” (Know Your Customer), cuyo objetivo es prevenir la delincuencia financiera y el blanqueo de capitales mediante la identificación del cliente y la debida diligencia.
La Compañía se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento, cualquier documentación KYC que considere necesaria para determinar la identidad y la ubicación de un usuario en www.biggerz.com. Nos reservamos el derecho de restringir el servicio, el pago o el retiro hasta que la identidad se determine de manera suficiente, o por cualquier otro motivo a nuestra entera discreción con base en el marco legal aplicable.
Adoptamos un enfoque basado en el riesgo y llevamos a cabo estrictas verificaciones de debida diligencia y un seguimiento continuo de todos los clientes, usuarios y transacciones. Conforme a la normativa contra el blanqueo de capitales, utilizamos tres niveles de verificación de debida diligencia, en función del riesgo, la transacción y el tipo de cliente.
- DDS — la debida diligencia simplificada se utiliza en casos de transacciones de riesgo extremadamente bajo que no alcanzan los umbrales requeridos.
- DDC — la debida diligencia del cliente es el estándar para las verificaciones de debida diligencia, utilizado en la mayoría de los casos para la verificación e identificación.
- DDR — la Debida Diligencia Reforzada se utiliza para clientes de alto riesgo, transacciones de gran importe o casos especiales.
De forma independiente y adicional a lo anterior, cuando un usuario realiza depósitos acumulados a lo largo del tiempo que superan los 5000 EUR, o solicita un retiro de cualquier importe dentro de www.biggerz.com, o intenta realizar o completa una transacción que se considere sospechosa, será obligatorio que complete el proceso KYC completo.
Durante este proceso, el usuario deberá introducir algunos datos básicos sobre sí mismo y, a continuación, cargar:
- Una copia de un documento de identidad con fotografía emitido por el gobierno (en algunos casos, anverso y reverso, según el tipo de documento).
- Una selfie del usuario sosteniendo el documento de identidad.
- Un extracto bancario o factura de servicios públicos.
Directrices del “Proceso KYC”
- Prueba de identidad
- Que contenga firma
- El país no sea uno de los siguientes Países Restringidos: Austria, Francia y sus territorios, Alemania, Países Bajos y sus territorios, España, Unión de las Comoras, Reino Unido, EE. UU. y sus territorios, todos los países incluidos en la lista negra del GAFI, y cualquier otra jurisdicción considerada prohibida por la Autoridad Financiera Offshore de Anjouan.
- El nombre completo coincida con el nombre del cliente.
- El documento no caduque en los próximos 3 meses.
- El titular sea mayor de 18 años.
- Prueba de domicilio
- Extracto bancario o factura de servicios públicos.
- El país no sea uno de los siguientes Países Restringidos: Austria, Francia y sus territorios, Alemania, Países Bajos y sus territorios, España, Unión de las Comoras, Reino Unido, EE. UU. y sus territorios, todos los países incluidos en la lista negra del GAFI, y cualquier otra jurisdicción considerada prohibida por la Autoridad Financiera Offshore de Anjouan.
- El nombre completo coincida con el nombre del cliente y sea idéntico al que figura en la prueba de identidad.
- Fecha de emisión: dentro de los últimos 3 meses.
- Selfie con documento de identidad
- El titular sea la misma persona que aparece en el documento de identidad mencionado anteriormente.
- El documento de identidad sea el mismo mencionado en el punto “1”. Asegúrese de que la foto/número de identificación coincidan.
Notas sobre el “Proceso KYC”
- Cuando el proceso KYC no se complete con éxito, se documentará el motivo y se creará un ticket de soporte en el sistema. El número de ticket, junto con una explicación, se comunicará de nuevo al usuario.
- Una vez que estén en nuestro poder todos los documentos correspondientes, la cuenta será aprobada.